El gobierno español declara "estado de alarma" por el coronavirus
Ante el aumento de casos, se
restringe la circulación en el territorio nacional a situaciones de extrema
necesidad. En ese país, la enfermedad ya causó 133 muertes.
14/03/2020
El gobierno
español aprobará el decreto que pone en marcha el “estado de alarma” y que
restringe a partir del lunes drásticamente la libertad de movimiento de los ciudadanos
en todo el territorio nacional a situaciones de “fuerza mayor” o necesidad como
la compra de alimentos, desplazamientos a hospitales y farmacias, así como para
trabajar.
La medida de
excepción contempla una restricción de al menos un 50% de la circulación del
trasporte aéreo, marítimo, ferroviario y por rutas, pero no supone el cierre de
fronteras, algo que reclamó el presidente catalán, el secesionista Quim Torra,
quien está a cargo de la segunda región con más contagios por coronavirus, que
comparte frontera con Francia, y registró un aumento significativos de
positivos en las últimas 24 horas.
La Comunidad
de Madrid es la más afectada con la mitad de los 5.232 infectados en toda
España, donde la enfermedad causó ya 133 víctimas fatales, según el último
balance oficial al mediodía local, aunque la sangría sigue en aumento.
De acuerdo
con el borrador del decreto del “estado de alarma” el Consejo de Ministros, al
que tuvo acceso Télam, a partir de ahora las fuerzas armadas españolas quedan
bajo las órdenes del Ministerio del Interior, que será el que llevará el peso
de la ejecución de las medidas, entre ellas las necesarias para garantizar el
“abastecimiento” de la población.
El decreto
gubernamental entrará en vigor hoy, una vez publicado en el BOE (Boletín
Oficial del Estado), salvo las medidas referidas a las limitaciones a la
libertad de circulación, que se implementan a partir del lunes a las 8 de
España.
En ese
sentido, durante la vigencia del Estado de Alarma los ciudadanos únicamente
podrán circular por las vías de uso público para la realización de las
siguientes actividades:
-
Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Asistencia
a centros sanitarios.
-
Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral,
profesional o empresarial.
- Retorno al
lugar de residencia habitual.
- Asistencia
y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o
personas especialmente vulnerables.
-
Desplazamiento a entidades financieras
- Por causa
de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier
otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.
Las
autoridades permitirán la circulación de vehículos particulares por las vías de
uso público para la realización de las actividades permitidas y para cargar
combustible.
Por otro
lado, el Ministerio de Interior puede acordar el cierre de las rutas por
razones de salud pública.
Las clases
también quedan suspendidas en todo el territorio nacional, ya que hasta ahora
la medida no se había aplicado de forma homogénea.
También se
prohíbe la apertura de locales y establecimiento comerciales y de ocio en todo
el país, y respecto a los lugares de culto habrá restricciones en cuanto a
funerales y bodas, que deberán cumplir recomendaciones sanitarias y de
seguridad para evitar la transmisión el virus.
Respecto al
sistema de salud, todos los trabajadores del sector quedan a las órdenes del
Ministerio de Salud, que puede requerirlos para trabajar.
Asimismo, se
establecen medidas para asegurar la protección de bienes y servicios -la
policía y Guardia Civil custodiarán supermercados y transportes de mercancías
de primera necesidad, para garantizar el abastecimiento y evitar tensión entre
los ciudadanos y cualquier disturbio.
Por otro
lado, el Ministerio de Salud podrá intervenir y ocupar transitoriamente
industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier
naturaleza, incluidos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de
titularidad privada, así como la industria farmacéutica.
También
practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones
personales obligatorias, en aquellos casos en que resulte necesario para la
adecuada protección de la salud pública, en el contexto de esta crisis
sanitaria.
Los agentes
de la autoridad podrán practicar las comprobaciones en las personas, bienes,
vehículos, locales y establecimientos que sean necesarias para comprobar y, en
su caso, impedir que se lleven a cabo los servicios y actividades suspendidas
en este Real Decreto.
No se
especifica las consecuencias de no cumplir con estas medidas de carácter
obligatorio.
No hay comentarios