Condiciones para el ejercicio profesional en el ámbito de la salud, en un contexto de pandemia
El Ministerio de Salud de la Provincia
Informa: que las condiciones epidemiológicas que adquiere la pandemia en
nuestra provincia, exige la observancia irrestricta del Protocolo Provincial
COVID-19, aprobado por RM 1043/19-03-20, que constituye el Marco Normativo
dentro del cual se han diseñado pautas de actuación para el ejercicio de las
actividades profesionales, en el ámbito de la salud.
27/04/2020
Las
que debían explicitarse a través de la presentación de un Protocolo de
Actuación en un Contexto de Pandemia por COVID-19, como condición necesaria
para gestionar la habilitación, siendo los respectivos Colegios Profesionales
la Garantía de su cumplimiento .
En
consecuencia, el Ministerio de Salud, mediante una comisión de especialistas,
ha intervenido como órgano de evaluación para garantizar la bioseguridad de las
personas tanto usuarios como prestadores,
Se
ha tenido en cuenta que en los citados Protocolos se asegure el resguardo de
cuatro condiciones básicas:
1.-
Modalidades de atención para pacientes
según los criterios epidemiológicos y
clínicos del COVID-19.-
2.-Implementacion de medidas de protección
sanitaria según la naturaleza de
cada actividad, como por ejemplo uso de barbijos y/o tapa boca, guantes,
lavados de mano con agua y jabón, uso de alcohol en gel y/o cualquier otra medida de bioseguridad que
sea indicada en lo sucesivo por el Ministerio de Salud.-
3-
Asegurar el distanciamiento social y/o actividad indicando estrategias de
Atención. Por ejemplo: turnos pre-acordados; uso de herramientas virtuales,
horarios y días a convenir, establecimiento de guardias mínimas y otras que se propongan, las cuales se especifican
en los respectivos protocolos.-
4.-
Disponer de Equipamiento e
infraestructura que asegure condiciones de distancia sanitaria según la especificidad
de la actividad.
La ultima definición de CASO SOSPECHOSO
que se debe conocer para tener en cuenta en cada práctica profesional:
Criterio 1
Toda
persona que presente Fiebre (37.5 o más)
y uno o más de los siguientes síntomas: Tos, Odinofagia, Dificultad
respiratoria, Anosmia/disgeusia sin otra etiología que explique completamente
la presentación clínica y en los
últimos 14 días haya estado en contacto con casos confirmados de COVID-19 o
tenga un historial de viaje fuera del país o tenga un historia de viaje o
residencia en zonas de transmisión local
(ya sea comunitaria o por conglomerados) de COVID 19 en Argentina.
Criterio 2
Jurisdicciones definidas con transmisión
local:
a.
Todo paciente con diagnóstico clínico y radiológico de neumonía y sin otra
etiología que explique el cuadro clínico.
b.
Jurisdicciones definidas sin transmisión local: Pacientes con infección
respiratoria aguda grave (IRAG) (fiebre y síntomas respiratorios, con
requerimiento de internación)
Criterio 3
Todo
paciente que presente anosmia/disgeusia, de reciente aparición y sin otra
etiología definida y sin otros signos o síntomas.
NOTA:
Ante la presencia de este como único síntoma, se indicará aislamiento durante
72 horas, indicando toma de muestra para diagnóstico por PCR, al tercer día de
iniciado síntomas.
Criterio 4
Todo
personal de salud y personal esencial, que presente fiebre ó dos o
más de los siguientes síntomas: tos, odinofagia, dificultad respiratoria,
anosmia, disgeusia.
NOTA:
ante la detección de casos sin fiebre, se indicará aislamiento durante 72
horas, indicando toma de muestra para diagnóstico por PCR, al tercer día de
iniciado síntomas.
Se
considera personal esencial: Fuerzas de seguridad y Fuerzas Armadas
Personas que brinden asistencia a personas mayores.
Personas que brinden asistencia a personas mayores.

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