Los trabajadores deben proveerse de barbijos de confección casera
La Secretaría de Trabajo de la
provincia, comunica a todos los trabajadores exceptuados del Aislamiento Social
Preventivo y Obligatorio vigente hasta el día 27 de abril, que deberán
concurrir a sus lugares de trabajo con barbijos, tapabocas o protectores de
confección personal.
23/04/20
En
el marco de lo establecido por el decreto provincial N° 580/2020, sobre la obligatoriedad y la naturaleza de este
elemento de protección para evitar la propagación del COVID 19 en la población.
De
este modo, la autoridad administrativa de aplicación del derecho laboral en
Santiago del Estero, informó que los empleadores quedan eximidos de la
responsabilidad de proveer barbijos al personal cuyas actividades no esten
vinculadas al ámbito de la salud.
En
tal sentido, el comunicado destaca la importancia de conceder el uso
prioritario de los barbijos sanitarios que circulan en el mercado, al personal
que desempeña sus tareas en el ámbito del sistema de salud pública.

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