Comunicado del Ministerio de Economía de la provincia
16/05/2020
El
Ministerio de Economía de la provincia a través de la Dirección General de
Comercio les recuerda a los titulares de Comercios que dentro del marco del
AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, solo se encuentran autorizados
para la habilitación de su actividad comercial, sea modalidad presencial o a
través de la plataforma on-line, de LUNES A VIERNES en el horario de 9 hs. a 14
hs., (con excepción de aquellos
dedicados a la venta de productos alimenticios y medicamentos).
Los horarios
autorizados para circular tanto para los empleadores como para los
trabajadores, serán de 8 hs. a 15 hs. a los fines de garantizar de que los
mismos puedan disponer del tiempo necesario para concurrir a los comercios y
regresar a sus domicilios.
Asimismo, se
les recuerda que en caso de incumplimiento de los horarios y días autorizados,
serán pasibles de sanciones de clausuras, multas y lo dispuesto en el Art. 205
del Código Penal.

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