El Gobierno fijó las habilitaciones y prohibiciones para la nueva fase
Dispuso la
prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia hasta
el domingo 24 de mayo inclusive, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia
que será publicado este sábado en el Boletín Oficial.
08/07/20
El gobierno
nacional dispuso la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio
por la pandemia de coronavirus hasta el domingo 24 de mayo inclusive, medida
que oficializará mañana a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia que será
publicado en el Boletín Oficial.
El texto del
decreto que saldrá publicado luego de las 0 hora del sábado refleja los
anuncios realizados hoy por el presidente Alberto Fernández, acompañado por el
gobernador bonaerense Axel Kicillof y el jefe de gobierno porteño Horacio
Rodríguez Larreta, en una conferencia de prensa realizada en la residencia de
Olivos, donde se repasó la situación del país, especialmente del AMBA, en el
marco de la pandemia.
En su artículo 2, el decreto que será
publicado mañana, establece las siguientes prohibiciones generales:
• Dictado de
clases presenciales,
• Eventos
públicos y privados (sociales, culturales, recreativos,deportivos, religiosos),
• Centros
comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos,
restaurantes, bares,
• Gimnasios
y clubes.
Entre las
prohibiciones está incluido también el transporte público de pasajeros
interurbano, interjurisdiccional e internacional y las actividades turísticas,
la aperturas de parques y de las plazas.
La norma
establece además que las fronteras continuarán "cerradas" y que
"continúan dispensados del deber de asistencia al lugar de trabajo los
mayores de 60 años, las embarazadas y las personas en los grupos de
riesgo".
Ramas Industriales habilitadas
En tanto, a
continuación se detallan las ramas industriales que serán habilitadas, pero
"sin el uso de transporte público", aclara el decreto.
• Industria
automotriz y autopartes,
•
Electrónica y electrodomésticos,
• Textil,
• Calzado e
indumentaria,
• Productos
de tabaco,
•
Metalurgia, maquinaria y equipos,
• Gráfica,
ediciones e impresiones,
•Madera y
muebles
• Juguetes.
También
estarán permitidas las actividades de la industria de los laboratorios
farmacéuticos, de la química y petroquímica, la fabricación de motocicletas y
bicicletas y la fabricación de neumáticos.
"Los
gobernadores y las gobernadoras (excepto AMBA) podrán decidir excepciones
teniendo en cuenta los criterios establecidos por el Ministerio de Salud de la
Nación", establece el decreto en su punto 6.
El artículo
7, en tanto, reafirma que "el Área Metropolitana de Buenos Aires continúa
con las restricciones del Aislamiento y las excepciones deberán ser requeridas
al Jefe de Gabinete de la Nación.
Fuente: Telam
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