La AFIP estableció nuevos parámetros para empresas que giren divisas al exterior
La
resolución fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. Es un intento por
frenar la fuga de capitales y desarticular mecanismos para eludir el impuesto a
las Ganancias.
A partir de
esto, la nueva resolución de la AFIP pretende demostrar la correcta
determinación de los precios, montos de las contraprestaciones o márgenes de
ganancia que resulten de las transacciones realizadas con países de nula o
baja tributación o no cooperantes a los fines de la transparencia fiscal.
15/05/2020
La
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó nuevos
parámetros para empresas que giren dinero al exterior y fijar en
consecuencia el impuesto a las Ganancias que corresponde tributar, a
través de la resolución general 4717/2020 publicada este viernes en el Boletín
Oficial.
Se trata de
un intento por frenar la fuga de capitales y desarticular mecanismos
de las grandes compañías que suelen eludir pagos del impuesto a las
Ganancias.
La ley del
impuesto a las Ganancias contempla la determinación de precios de transferencia
y de operaciones internacionales para determinar la rentabilidad que surge de
ellas.
En diciembre
de 2018, se incorporaron nuevas disposiciones a la reglamentación de la ley del
gravamen, al tiempo que se fijaron los importes mínimos de las operaciones
sujetas al análisis de precios de transferencia. Y el año pasado se
incorporaron las transacciones realizadas con sujetos radicados en
jurisdicciones no cooperantes.
Del mismo modo,
busca determinar los precios fijados en operaciones de exportación e
importación de bienes.
A comienzos
de esta semana, la Dirección General de Aduanas (DGA) reactivó un área clave en
el control de los productos que ingresan y salen del país, con el objetivo de
combatir la evasión impositiva y la fuga de divisas.
Se trata de
la fijación y el monitoreo de los precios de referencia para importaciones
y exportaciones, lo cual fortalecerá la fiscalización y el combate a las
maniobras abusivas en materia de sub y sobrefacturación del comercio exterior.
A partir de
la Resolución General 4710/2020 de la AFIP,se restablecieron valores
referenciales de exportación de carácter precautorio, para cualquiera de las
mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del Mercosur.
La decisión
forma parte de la estrategia de la Aduana, organismo que encabeza Silvia
Traverso, y revitaliza un área que había sido desarticulada como parte de la
política de apertura y desregulación implementada por el gobierno anterior.
Fuente:viapais.com.ar


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