Ley de Góndolas: permitirá diversificar la oferta y más pymes en supermercados
Comercio Interior deberá elaborar un listado actualizado con la totalidad de los productos alcanzados por la ley, agrupados por categorías de acuerdo a los diversos formatos de espacios de ventas.
15/12/2020
El Gobierno reglamentó la Ley de Góndolas que permitirá
una mayor oferta de productos en las grandes cadenas de supermercados, tanto
física como virtualmente, y posibilitará que las pequeñas y medianas
empresas, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar tengan un
trato equitativo en el espacio que ocupen en las góndolas.
Así lo indica el Decreto 991/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, en el
cual se establece que la Secretaría de Comercio Interior será la autoridad de
aplicación de la ley y determina que en un plazo máximo de 90 días
elabore las resoluciones complementarias.
En ese sentido, Comercio Interior deberá elaborar un listado
actualizado con la totalidad de los productos alcanzados por la ley, agrupados
por categorías de acuerdo a los diversos formatos de espacios de ventas.
Este listado será publicado y actualizado en la web de la Secretaría de
Comercio para que pueda ser consultado libremente.
La Secretaría también dispondrá los requisitos de señalización de los
congeladores exclusivos o los exhibidores patrocinados para que estén
claramente identificados y diferenciados de las góndolas o locaciones
virtuales, para prevenir la confusión de las y los consumidores.
Además, podrá fijar un porcentaje máximo de ese tipo de exhibidores en
relación con las góndolas para evitar una sobre presentación de algunos
productos.
La Ley de Góndolas, sancionada por el Congreso el 28 de
febrero de este año, establece un máximo del 30% del espacio de venta
físico o virtual para una categoría de producto por proveedor.
También exige que haya al menos cinco proveedores de distintos grupos
empresarios; y que los micros y pequeñas empresas cuenten al menos un
25% del espacio de venta por cada categoría de productos.
También, estipula que las cooperativas, mutuales, empresas de la agricultura
familiar y economía popular tengan al menos un 5% de espacio.
La Secretaría de Comercio Interior podrá fijar un porcentaje máximo de
espacio de venta para los productos importados por cada categoría, de
acuerdo con la norma.
Fuente:telam.com.ar
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