Ampliación del programa Repro II para el sector turístico
Se suman $ 4.000 a los $ 12.000 que el Estado Nacional destina por trabajador a sostener los salarios.
17/03/2021
El Gobierno formalizó la ampliación del
Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) para el sector turístico a
través de la resolución conjunta 1/2021 de los ministerios de Turismo, de
Desarrollo Productivo y de Trabajo, publicada en el Boletín Oficial.
La actualización de la norma establece una suma dineraria de carácter adicional
y complementaria al beneficio previsto en el Repro II. Este complementose
abonará a trabajadores y trabajadoras a cuenta del pago de remuneraciones a
cargo de empleadores y empleadoras que sean beneficiarios y realicen
actividades vinculadas al turismo.
Presentación
del Repro II en Casa Rosada
Los ministros de Trabajo, Claudio Moroni; de Desarrollo Productivo, Matías
Kulfas y de Turismo, Matías Lammens, presentaron este martes la ampliación de
la asistencia estatal a privados.
El acto se realizó en Casa de Gobierno y contó con la presencia de referentes
de cámaras empresarias y la palabra de los funcionarios referidos.
Lammens fue optimista en el mediano y largo plazo: “Estamos convencidos de la
capacidad del sector en términos de generación de divisas y empleo. Tenemos la
convicción firme en el Gobierno de la importancia que tiene y puede tener el
turismo en los próximos años. Cuando demos vuelta la página de la pandemia, el
turismo será protagonista.”
Por su parte, Moroni destacó que “la decisión del Gobierno es mantener
los mecanismos de asistencia, que iniciamos desde el comienzo de la pandemia y
fuimos modificando a medida que la condición económica de los sectores se
modifica. Queremos que las unidades productivas y los contratos de
trabajo se mantengan”.
La suma adicional que se establece en la resolución se abonará a los
trabajadores y trabajadoras que presten servicio a empleadores y empleadoras
que hubiesen quedado comprendidos en el programa en el mismo mes en que se
solicita el beneficio establecido.
El monto que erogará el Estado Nacional es
a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las
empleadoras y consiste en $ 4.000 por cada relación laboral activa del sujeto
empleador alcanzado, y será mensual, durante el lapso de tiempo que los
ministerios determinen.
En el caso de que la remuneración neta percibida por el trabajador o la
trabajadora sea inferior a la sumatoria de los beneficios, el subsidio total
será igual a la remuneración neta, que se determinará aplicando el 83% a la
suma total declarada.
La actual asignación complementaria se podrá solicitar mediante el sistema
Trámites a Distancia (TAD), del mismo modo en se hizo con el REPRO II o con los
ATP.
Fuente:telam.com.ar
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