Los socios del Mercosur firmaron el acuerdo sobre comercio electrónico
Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay firmaron en Montevideo, el acuerdo cuyo texto había sido acordado en la Reunión del Consejo del Mercado Común en diciembre.
30/04/2021
Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay
firmaron este viernes en Montevideo, el acuerdo sobre Comercio Electrónico del
Mercosur cuyo texto había sido acordado en la Reunión del Consejo del Mercado
Común en diciembre pasado, que no pudo ser suscripto en dicha ocasión debido a
que el encuentro se celebró de manera virtual.
Este acuerdo establece un marco jurídico común que busca facilitar el
desarrollo del comercio entre los países del bloque, tanto de
bienes como de servicios, a través de medios electrónicos, informó la
Cancillería.
En tal sentido, el acuerdo contiene disposiciones en materia de
transferencia transfronteriza de información, protección de datos personales,
no imposición de aranceles a las transmisiones electrónicas, firma electrónica,
localización de instalaciones informáticas, protección al consumidor en línea,
acceso y uso de internet, entre otras.
El comercio electrónico venía aumentando anualmente sus cifras, pero los
cambios en los hábitos de vida que impuso la pandemia aceleraron esta
tendencia. Según datos de la Cámara Argentina de Comercio Electrónico
(CACE), el comercio electrónico en Argentina creció durante 2020 un
124% respecto al año anterior y registró una facturación de $905.143
millones de pesos. El incremento se observa tanto en la cantidad de productos
vendidos (251 millones, un 72% más que en 2019) como en la cantidad de órdenes
de compra (164 millones, un 84% más que en 2019).
"Estos valores no hacen más que corroborar la importancia de que el
Mercosur cuente con un texto legal propio en esta materia", sostuvo
Cancillería en un comunicado de prensa.
Si bien se trata de un instrumento moderno, alineado con los textos que se
están negociando tanto en ámbitos multilaterales como en acuerdos comerciales
regionales y subregionales, el Acuerdo prevé una cláusula de revisión
bianual a efectos de ir incorporando gradualmente los desarrollos tecnológicos
y normativos relativos a esta actividad en constante evolución.
Fuente:telam.com.ar
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