Oxígeno: ahora se deberá tramitar un permiso para su exportación
El Decreto publicado este viernes en el Boletín Oficial es en el marco de la situación de emergencia sanitaria que tiene lugar en el país y para no afectar la atención de la población como consecuencia del brote de coronavirus.
30/04/2021
El Gobierno incluyó al oxígeno
entre los productos que deben tramitar un permiso de exportación, en el
marco de la situación de emergencia sanitaria que tiene lugar en el país y para
no afectar la atención de la población como consecuencia del brote de
coronavirus.
Lo hizo a través del Decreto 286/2021 publicado este viernes en el Boletín
Oficial, que incorporó al anexo del Decreto 317/2020 al oxígeno y a los
recipientes para gas comprimido o licuado, de fundición, hierro o acero.
En cuanto a este último producto, el decreto establece que queda exceptuados
las garrafas de chapa de acero utilizadas para el llenado de 10 kilogramos de
una mezcla de propano y butano, los cilindros para gas natural comprimido de
los tipos utilizados en vehículos automóviles y los recipientes con acetona
para el transporte de acetileno.
El Decreto 317/2020 determinó que ciertos productos deben tramitar un permiso
de exportación a ser emitido por el Ministerio de Desarrollo Productivo, con la
necesaria intervención del de Salud.
La medida actual mantendrá su vigencia mientras dure la emergencia
pública en materia sanitaria declarada por la Ley 27.541 de
Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia
Pública.
La nueva norma se suma a otra oficializada este jueves, por la cual el Gobierno congeló el precio del oxígeno líquido medicinal por
90 días y, de esta manera, evitó que se aplicara un aumento del
30% a partir de mayo, como se anunció desde una parte del sector privado.
Fuente:telam.com.ar
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