Trotta: "Larreta debe suspender la presencialidad" tal como lo dispuso el Consejo Federal
Para el Ministro de Educación, el Jefe de Gobierno porteño debe respetar lo que votaron afirmativamente 22 de las 24 provincias: "suspender las clases presenciales y garantizar la virtualidad en zonas alerta epidemiológica"
05/05/2021
El ministro de Educación, Nicolás Trotta, afirmó que el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez
Larreta, "debe cumplir con lo dispuesto por el Consejo Federal de
Educación que por una mayoría absoluta resolvió suspender las clases
presenciales y garantizar la virtualidad en zonas alerta epidemiológica",
con el objetivo de "cuidar la salud" en el marco de la pandemia de
coronavirus.
"Ayer hubo una respuesta muy contundente en el plano educativo por
parte del Consejo Federal de Educación, que es un órgano creado por la ley
nacional de Educación y participan las 24 jurisdicciones del sistema
educativo", dijo este miércoles el funcionario.
"Ayer nos reunimos todos los ministros de Educación de las provincias y de
la Ciudad y se decidió, por 22 votos a favor del total de 24, que hay
que priorizar la presencialidad con protocolos estrictos, pero que también
tenemos que reflejar lo que establece el DNU vigente para situaciones de alarma
epidemiológica en la cual hay que suspender la presencialidad",
explicó Trotta.
En declaraciones a radio El Destape, el
titular de la cartera educativa ratificó que "en las zonas de alarma se
tiene que suspender la presencialidad garantizando la virtualidad y el
acompañamiento pedagógico a casos especiales".
En ese sentido, señaló que "(Rodríguez) Larreta está obligado a cumplir la
resolución del Consejo Federal de Educación que suspendió la presencialidad
para las zonas de alerta" y además recordó que el Gobierno porteño
"lo cumplió a lo largo del 2020".
La reunión del Consejo Federal se produjo el martes por la noche luego de
que la Corte Suprema de Justicia fallara a favor del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires y avalara su "autonomía" en la
demanda contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU 241/2021) que, como una
de las medidas sanitarias para mitigar la propagación de la segunda ola de
coronavirus, determinó la suspensión de clases presenciales en el Área
Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)
En un comunicado, el Gobierno nacional sostuvo luego que el
fallo de la Corte "no aporta nada" desde el punto de vista jurídico,
porque refiere a un DNU "que perdió ya vigencia" y fue reemplazado
por otro que "no es una prórroga", sino distinto.
Fuente:telam.com.ar
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