AFIP instrumenta medidas de alivio para zonas afectadas por incendios forestales
La medida, que complementa a las definidas por el organismo en marzo de este año, alcanza a los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales, el fondo para la educación y promoción cooperativa y el monotributo.
16/09/2021
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
dispuso una serie de medidas de alivio para localidades patagónicas afectadas
por los incendios forestales que tuvieron lugar durante el verano pasado, a
través de la resolución general 5073/2021 publicada en el BoletÃn Oficial.
La medida, que complementa a las definidas por el organismo en marzo de este
año, alcanza a los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales, el
fondo para la educación y promoción cooperativa y el monotributo.
Las herramientas benefician a las y los contribuyentes del departamento de
Cushamen, en la provincia de Chubut, y en la zona de El Bolsón, en RÃo Negro.
El organismo estableció que para esas obligaciones cuyos
vencimientos generales operaban entre el 30 de abril y el 26 de octubre de 2021
se considerarán cumplidas en término siempre que el pago se efectúe hasta el 20
de enero de 2022.
Quienes en la actualidad estén adheridos al pago mediante débito directo o pago
automático a través de tarjetas de crédito, podrán solicitar la suspensión de
los pagos ante las respectivas instituciones bancarias.
Los contribuyentes alcanzados por la emergencia podrán cancelar sus
obligaciones a través de un plan de facilidades de hasta 48 cuotas.
La medida, que se enmarca en la Ley 27.616 aprobada en abril de este año,
contempla además la suspensión hasta el 27 de octubre de los embargos, la traba
de medidas cautelares y la iniciación de los juicios de ejecución fiscal.
Estas medidas se complementan con las definidas por la AFIP
en marzo para las zonas afectadas por los incendios forestales.
La Ley 27.616 declaró zona de desastre y de emergencia ambiental, económica,
social y productiva a Cushamen y El Bolsón.
Los contribuyentes alcanzados por estos beneficios podrán registrar su
solicitud hasta el 15 de octubre de 2021, inclusive, a través del servicio con
clave fiscal “Presentaciones Digitales”, opción “Zona de Emergencia -
Acreditación”.
Los ciudadanos que cumplan con los requisitos y condiciones para acceder a
estos beneficios serán caracterizados en el “Sistema Registral” con el código
“509 - Ley 27.616 - Zona de emergencia por incendios forestales”.
Fuente:telam.com.ar

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