Claudia Zamora estuvo en la sesión donde se trató la reforma de los DNU y la ley de emergencia en discapacidad
El Senado aprobó la modificación del régimen legal de los decretos presidenciales e insistió en la ley que declara la emergencia en discapacidad.
04/09/2025
La senadora Claudia Ledesma Abdala de Zamora estuvo presente
hoy en la sesión del Senado de la Nación en la cual la Cámara alta aprobó la
insistencia en la ley de declaración de emergencia en discapacidad y el
proyecto de ley que modifica el régimen de los decretos presidenciales.
En primera instancia, el Senado resolvió insistir en la
sanción del proyecto de ley que declara la emergencia en discapacidad en todo
el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2026 y que fuera vetado
totalmente por el Poder Ejecutivo Nacional. De esta forma, ambas Cámaras del
Congreso insistieron con la sanción de dicha ley.
El proyecto establece diferentes medidas de promoción y
protección que deberá garantizar el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los
organismos competentes, y declara de interés público nacional los servicios de
los prestadores para la atención de las personas con discapacidad.
El Senado aprobó también modificaciones al régimen legal de
los Decretos de Necesidad y Urgencia, Delegación Legislativa y de Promulgación
Parcial de las Leyes. El proyecto dispone que cada decreto deberá versar sobre
una única materia, que ambas Cámaras podrán dar tratamiento a los decretos aun
durante el receso parlamentario, y establece las condiciones de aceptación o
rechazo de un decreto dictado por el Poder Ejecutivo.
En este sentido, los decretos se considerarán aprobados
cuando así lo dispongan expresamente ambas Cámaras por la mayoría absoluta de
los miembros presentes, en un plazo de 90 días corridos contados desde su
publicación en el Boletín Oficial. Asimismo, el rechazo del decreto por una de
las Cámaras del Congreso de la Nación, o el vencimiento del plazo previsto,
implicará su derogación.
El proyecto también dispone que, rechazado un decreto de
necesidad y urgencia o de delegación legislativa, el Poder Ejecutivo no podrá
dictar otro sobre la misma materia durante ese año parlamentario.
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